Nota: Ingredientes incluidos en la lista de productos químicos restringidos
EC/CAS
278-012-2/74869-22-0
Nombre del producto químico
Lubricating oils
Concentración
>=90-< 100%
EC/CAS
209-909-9/597-82-0
Nombre del producto químico
O,O,O-triphenyl phosphorothioate
Concentración
>=0,1-<1
Información General
Version
9.6
Fecha de revisión:
2025-02-07
A. Nombre del producto
Food Grade Hydraulic Fluid (1 liter)
1.5 Uso recomendado:
Investigación y análisis bioquímicos
IÍconos en FDS
Información de la empresa
Empresa
MERCK PERUANA S.A. PE
Información GHS
Palabra clave
Peligro
Hazard Codes
Declaraciones de peligro (CLP)
H350
Declaraciones de peligro
Código
Declaraciones
H350
May cause cancer
Sección 2
SECCIÓN 2: Identificación de los peligros
2.1 Clasificación de la sustancia o de la mezcla
Carcinogenicidad, (Categoría 1B) H350 Puede provocar cáncer
2.2 Información sobre el etiquetado
Etiquetado
Indicaciones de peligro
H350 Puede provocar cáncer.
Consejos de prudencia
P201 Solicitar instrucciones especiales antes del uso. P202 No manipular la sustancia antes de haber leído y comprendido todas las instrucciones de seguridad. P280 Llevar guantes/ ropa de protección/ equipo de protección para los ojos/ la cara. P308 + P313 EN CASO DE exposición manifiesta o presunta: Consultar a un médico. P405 Guardar bajo llave. P501 Eliminar el contenido/ el recipiente en una planta de eliminación de residuos autorizada.
Información suplementaria
ninguno(a) Reservado exclusivamente a usuarios profesionales.
2.3. Otros riesgos
Esta sustancia/mezcla contiene componentes que se consideran que son bioacumulativos y tóxicos persistentes (PBT) o muy bioacumulativos y muy persistentes (mPmB).
INFORMACIÓN ECOLÓGICA
La sustancia/la mezcla no contienen componentes que tengan propiedades alteradoras endocrinas de acuerdo con el artículo 57(f) de REACH o el Reglamento delegado de la Comisión (UE) 2017/2100 o el Reglamento de la Comisión (UE) 2018/605 en niveles del 0,1 % o superiores.
INFORMACIÓN TOXICOLÓGICA
La sustancia/la mezcla no contienen componentes que tengan propiedades alteradoras endocrinas de acuerdo con el artículo 57(f) de REACH o el Reglamento delegado de la Comisión (UE) 2017/2100 o el Reglamento de la Comisión (UE) 2018/605 en niveles del 0,1 % o superiores.